*JUAN MARTORANO.
Este artículo, que pudieramos definirlo como una de las piezas importantes del bloque económico que entra como parte de las propuestas presentadas por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, garantizando los tipos de propiedad y ampliando dichos conceptos por las propuestas del ciudadano Presidente.Trataré, por sugerencias que he recibido de compatriotas de buena fe, de dar el engranaje entre las propuestas de reforma y de los artículos, para no atentar con la integralidad de la reforma, el mismo Presidente Chávez, en su discurso ante los Batallones Socialistas fue sufiecientemente claro en ese sentido, y en eso estamos contestes, y debo decir, que agradezco las palabras de respaldo y a su vez las criticas constructivas que se me puedan hacer. Todo lo que contribuya a mi crecimiento como persona y como ser humano será bienvenida.
Ahora si me parece bastante triste, no que personas que sean opositoras al gobierno de Chávez me escriban, una d emis intenciones es el debate, y sé que indudablemente no todos estarán de acuerdo conmigo, pero de que algunos "presuntos socialistas" defiendan conceptos y modelos reformistas, porque creen en la socialdemocracia, y peor aún, que defiendan conceptos neoliberales y fascistas, me parece triste y mucho más peligroso que aquellos que de manera abierta defienden las tesis de la economía de mercado y del neoliberalismo. Lo digo porque alguna gente por allí me ha estado escribiendo acerca de eso y no voy a desgastarme en ello. Solamente los calificaré de irrespetuosos del modelo venezolano, que estamos construyendo un modelo socialista de acuerdo a las características de Venezuela.
Pues bien, entrando en materia, la redacción del artículo 115 actual es del siguiente tenor: " Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Sólo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes."
La propuesta de reforma realizada por el Presidente Chávez, esta redactada así: "
Se reconocen y garantizan las diferentes formas de propiedad. La propiedad pública es aquella que pertenece a los entes del Estado; la propiedad social es aquella que pertenece al pueblo en su conjunto y las futuras generaciones, y podrá ser de dos tipos: la propiedad social indirecta, cuando es ejercida por el Estado a nombre de la comunidad, y la propiedad social directa, cuando el Estado la asigna, bajo distintas formas y en ámbitos territoriales demarcados, a una o varias comunidades, a una o varias comunas, constituyéndose así en propiedad comunal, o a una o varias ciudades, constituyéndose así en propiedad ciudadana; la propiedad colectiva es la perteneciente a grupos sociales o personas, para su aprovechamiento, uso o goce en común, pudiendo ser de origen social o de origen privado; la propiedad mixta es la conformada entre el sector público, el sector social, el sector colectivo y el sector privado, en distintas combinaciones, para el aprovechamiento de recursos o ejecución de actividades, siempre sometida al respeto absoluto de la soberanía económica y social de la nación; y la propiedad privada es aquella que pertenece a personas naturales o jurídicas y que se reconoce sobre bienes de uso y consumo, y medios de producción legítimamente adquiridos.
Toda propiedad, estará sometida a las contribuciones, cargas, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes, sin perjuicio de la facultad de los Órganos del Estado, de ocupar previamente, durante el proceso judicial, los bienes objeto de expropiación, conforme a los requisitos establecidos en la ley."
Hemos ya dado cuenta de cómo desde tiempos remotos la propiedad fue uno de los derechos primordiales y básicos de la civilización humana. Quizás, y creemos que realmente es así, fue la civilización romana y su imperio quienes desarrollaron con mayor detenimiento un régi! men espe cifico, especializado y probablemente el mas completo de la historia, tanto así que su desarrollo constituye los cimientos del derecho de la gran cultura occidental.
Los romanos desarrollaron así un despliegue teórico con figuras conceptuales que desenvuelven en la vida práctica de la época una enorme importancia a través de la de adquisición de cosas y obligaciones por parte de aquellas mediante el ejercicio de estos derechos y obligaciones adquiridas. Es decir, a través de la propiedad.
La propiedad como todo derecho tiene en principio sus limitaciones; este derecho se encuentra sujeto a restricciones de diversa índole, bien por su ejercicio frente o ante otros sujetos, bien por razón de situaciones que con mayor relevancia predominaban preferentemente al ejercicio de este. En todo caso resulta de especial trascendencia el estudio de este tema puesto que constituye un coto a una posible y total liberalidad al ejercer dicho derecho que eventualmente pudiera constituir un agravio frente a terceros.
Pero volviendo al proyecto de reforma, podemos observar como la propuesta define y garantiza diversos tipos de propiedad. La primera, la propiedad pública, la cual debemos entender la misma, como claramente lo señala la prouesta de reforma constitucional, es aquella perteneciente a los diversos entes que conforman el Estado, como por ejemplo la CVG, los ejidos, terrenos baldíos, etc., la propiedad social, entendida esta como una categoria de propiedad perteneciente al pueblo en su conjunto y las futuras generaciones y puede ser de dos tipos: la propiedad social indirecta, la cual debemos entenderla como aquel tipo de propiedad que es ejercida por el Estado a nombre de la comunidad, por ejemplo, PDVSA pudiera ser un ejemplo de este tipo de propiedad; y la propiedad social directa, la cual debemos entenderla como la que El Estado asigna bajo distintas formas y en diversos ámbitos territoriales demarcados, a una o varias comunidades, a una o varias comunas, constituyéndose así en propiedad comunal, o a una o varias ciudades, constituyéndose así en propiedad ciudadana; la propiedad colectiva, entendida ésta como la perteneciente a grupos sociales o personas para su aprovechamiento, uso o goce en común , pudiendo tener su origen de carácter social o de carácter privado, se me ocurre que un buen ejemplo de este tipo de propiedad serian las cooperativas, o las empresas de producción social.
Otro tipo de propiedad es la propiedad mixta, entendida ésta como la conformada entre el sector público, el sector social, el sector colectivo, y el sector privado, que puede combinarse de distintas maneras, para el aprovechamiento de recursos o ejecución de actividades, siempre sometida al respeto absoluto de la soberanía económica y social de la Nación; y por último, la propiedad privada, entendida ésta como la perteneciente a personas naturales o jurídicas y que se reconoce sobre bienes de uso y consumo, y medios de producción legítimamente adquiridos.
Esta propuesta sin duda alguna, constituye una innovación, que rompe con los esquemas clásicos y concepciones tradicionalistas de propiedad recogida en muchas legislaciones latinoamericanas. Creo que aquellos presuntos "socialistas" que dicen que el Presidente Chávez es un marxista, los reto a que me demuestren en que parte de la propuesta de cercena el derecho de propiedad. Solamente que los considero dogmáticos, y le temen a las innovaciones que en Venezuela podamos hacer.
Quiero señalarles a esos infiltrados, que el mismo Presidente Chávez ha señalado que no es partidario de acabar con todo tipo de propiedad privada, el error que se han cometido en otros países donde se ha tratado de vivir y construir un modelo socialista, fue la pretensión de eliminar de un tajo la propiedad privada de pequeñas y medianas industrias. La Revolución Bolivariana pretende convencer a pequeños y medianos productores a realizar una alianza para levantar nuestra economía.
El debate esta abierto, y ya muchos se estan ubicando y definiendo claramente sus posiciones. Eso es lo positivo de este tipo de coyunturas, donde muchas caretas se caen. Aún la oposición venezolana se encuentra desconcertada y no han presentado sus propuestas y críticas verdaderamente convincentes que aporten al país respecto a esta Propuesta de Reforma Constitucional.
Y como creemos en la vida: Hasta la Victoria Siempre!!!
Patria Socialista o Muerte!!!!
Estamos venciendo!!!!
*Abogado y Analista Político. Aspirante a militante del Movimiento Socialista Unido Revolucionario Bolivariano de Venezuela (MSURBV). Moderador del Programa "Senderos Revolucionarios" transmitido los días lunes y viernes de 6 de la tarde a 7 de la noche por el Circuito Radio Venezuela 880 AM de Ciudad Guayana, conjuntamente con el Diputado de la Asamblea Nacional, Rafael Ríos. www.juanmartorano.blogspot.com , http://www.juanmartorano.tk/ . jmartoranoster@gmail.com , j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar
sábado, 22 de septiembre de 2007
Refoma del artículo 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
*JUAN MARTORANO.
Este es uno de los artículos que si tomamos en cuenta el proyecto de reforma constitucional presentado por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Hugo Chávez, lo pudiéramos ubicar, concatenados con otros como parte de esta propuesta integral y única, dentro del engranaje o del eje Institucional y de Construcción del Nuevo Estado Venezolano.
La actual redacción de este artículo es de la siguiente manera: "El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado."
La propuesta de reforma de este artículo esta planteada en los siguientes términos: " El Poder Público se distribuye territorialmente en la siguiente forma: el poder popular, el poder municipal, el poder estatal y el poder nacional.
Con relación al contenido de las funciones que ejerce, el poder público se organiza en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
El pueblo es el depositario de la soberanía y la ejerce directamente a través del Poder Popular. Este no nace del sufragio ni de elección alguna, sino que nace de la condición de los grupos humanos organizados como base de la población.
El Poder Popular se expresa constituyendo las comunidades, las comunas y el autogobierno de las ciudades, a través de los consejos comunales, los consejos obreros, los consejos campesinos, los consejos estudiantiles y otros entes que señale la ley."
En primer lugar, debemos señalar lo siguiente: El artículo en su actual redacción señala acerca de la forma como el poder debe distribuirse, no sólo desde sus diversos niveles, sino desde las competencias que tienen cada uno. El artículo se refiere al poder municipal, entendido éste a los municipios, el Poder Estadal, referidos a los Estados, y el Poder Público Nacional que consta de los poderes clásicos: Legislativo, Judicial y Ejecutivo, añadiendo ésta Constitución dos poderes más en este ámbito: El Poder Ciudadano y el Poder Electoral.
Sin embargo, a pesar de ello, seguimos regidos bajo los esquemas del modelo clásico representativo en este artículo. El colega Juan Garay expresa que la existencia de varios poderes evita la concentración de poder excesiva en una sola persona o grupo, lo cual en mi criterio, no es así. Con el modelo de la democracia representativa que impero aquí y que algunos de los que hoy se encuentran en la oposición y que alguna vez ejercieron posiciones de gobierno, se les olvida que en la IV República las diversas ramas del poder nunca fueron independientes entre sí.
Es importante que hagamos la siguiente consideración:
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, vigente a partir del 15 de diciembre de 1999, abrió la compuerta para la transformación y la construcción de un nuevo modelo de conducir al Estado, cuyo eje ordenador es desde entonces el bienestar de los venezolanos tal como lo establece la exposición de motivos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela "Los principios de la solidaridad social y de bien común conducen a la establecimiento de ese Estado Social, sometido al imperio de la Constitución y de la Ley convirtiéndolo entonces, en un Estado de Derecho. Estado Social de Derecho que se nutre de la voluntad de los ciudadanos expresada libremente por los medios de participación política y social para conformar el Estado social y democrático, de Derecho comprometido por el progreso integral que los venezolanos aspiran con el desarrollo humano que permita una calidad de vida digna, aspectos que configuran el concepto de Estado de justicia".
La concepción de lo social establece un doble imperativo sobre el pueblo, como poder originario, y sobre los poderes constituidos, como ejecutor de su mandato. De tal manera que implica el progresivo desmontaje de obstáculos políticos, económicos, institucionales que no han permitido satisfacer el imperativo social.
Reconociendo los avances de la constitución de 1999, estos no han sido suficientes para alcanzar la aspiración de la felicidad, del bien común, en una sociedad de justicia; en consecuencia, y es por eso que se plantea la imperiosa e ineludible necesidad de ir a un proceso de Reforma Constitucional a fin de adaptarla y dotarla de elementos que consoliden el avance hacia la ruptura del modelo capitalista burgués. Para construir un nuevo orden con preeminencia del ser social colectivo, es necesario superar los obstáculos generados por las relaciones sociales capitalistas, manifestados en la imposición de los intereses de las minorías por encima de los intereses del poder originario, la concentración de la propiedad en pocas manos, la dificultad política para democratizar el poder, una institucionalidad que propicia el establecimiento de un cuerpo burocrático amparado en una superestructura ideológica que mantiene a nuestro pueblo encadenado a la miseria, alienado y alejado de su propia realidad. Estas estructuras de poder se fundamentan en la imposición de un saber que les garantiza la supremacía y dominación a través del control de las ideologías, la cultura, la educación y de los medios de comunicación.
Romper y confrontar a este poder pasa necesariamente por avanzar a través del instrumento más contundente que tenemos como es, nuestra Constitución. En función de lo anterior y motivados por el deseo de profundizar el proceso dialéctico que conlleva la democracia participativa y protagónica; interactuando, conociendo y decidiendo de manera conjunta desde el poder popular de manera vinculante hacia el poder constituido, consideramos oportuno y pertinente iniciar el proceso de reforma, sobre los elementos procedí mentales en los cuales se fundamenta este proceso de Reforma Constitucional, en síntesis, se trata de: -Desmontar la superestructura que le da soporte a la reproducción capitalista, tanto en el plano constitucional y legal, como en lo epistemológico y ético.-Dejar atrás la democracia representativa para consolidar la democracia participativa y protagónica; donde se contemple la insurgencia del poder popular como hecho histórico necesario en la construcción de la sociedad socialista del Siglo XXI. -Establecer un nuevo cuerpo normativo, filosófico y epistemológico que de cuenta de las nuevas relaciones de los seres humanos con su entorno para la preservación de la vida en el planeta.-Crear un enfoque socialista nuevo "a la venezolana", inventar, ingeniar, y construir de acuerdo a las enseñanzas de nuestros pueblos originarios, la afrovenezolaneidad y el aporte cultural de nuestros próceres. -Fomentar la pluripolaridad internacional que trascienda la polaridad de la hegemonía imperial existente, a través de nuevos esquemas de integración política que conduzcan a la construcción de nuevos Bloques de Poder. -Sentar las bases para la construcción de un nuevo modo de producción fundamentado en nuevas relaciones de producción, nuevas formas de propiedad, la democratización del capital que permita el control del poder popular en la producción y la distribución de los bienes y servicios. -Inclusión del derecho fáctico de la propiedad social de todos los venezolanos y venezolanas, como forma de distribuir la riqueza colectiva de la nación incluyendo, en el proceso productivo a todos los sectores del país, haciendo uso razonable de los recursos naturales. -Geometría del poder-Continuidad presidencialLa propuesta de reforma constitucional profundizará la democracia, la distribución de los ingresos y promoverá la equidad, la dignidad y la justicia, para construir la vía venezolana al socialismo; construir el socialismo venezolano como único camino a la redención de nuestro pueblo, a la salvación de nuestra Patria y a la construcción de un nuevo mundo donde se haga realidad el sueño de tantos y tantas venezolanas "La mayor suma de felicidad posible".
La médula de la propuesta de reforma del artículo 136 de nuestra Constitución, y por ende de todo este proyecto de manera integral en mi criterio tiene que ver con el reconocimiento en nuestra Constitución de lo que es el Poder Popular. Entendido éste cómo la más alta expresión del pueblo para la toma de decisiones en todos sus ámbitos (político, económico, social, ambiental, organizativo, internacional y otros) para el ejercicio pleno de su soberanía. Es el poder constituyente en movimiento y acción permanente en la construcción de un modelo de sociedad colectivista de equidad y de justicia.Es el poder del pueblo organizado, en las más diversas y disímiles formas de participación, al cual está sometido el poder constituido. No se trata del poder del Estado, es el Estado sometido al poder popular. Es el pueblo organizado y organizando las instancias de poder que decide las pautas del orden y metabolismo social y no el pueblo sometido a los partido políticos, a los grupos de intereses económicos o a una particularidad determinada.
Este Poder, pudiéramos distribuirlo de la siguiente manera:
a) Los consejos Comunales como máxima expresión de la democracia directa b) La red de consejos comunales (áreas comunales y zonas comunales) c) La comuna socialista; d) Los municipios socialistas.
La Comuna Socialista, Podemos entenderla como un conglomerado social de varias comunidades que poseen una memoria histórica compartida, usos, costumbres y rasgos culturales que los identifican, con intereses comunes, agrupadas entre sí con fines político-administrativos, que persiguen un modelo de sociedad colectiva de equidad y de justicia.
La naturaleza de la comuna es variada en razón de la respuesta a los múltiples patrones de ocupación del territorio de acuerdo a la cultura, la geografía, la historia, la economía, la ecología y el desarrollo y concentración demográfica del asentamiento humano.
Su área geográfica esta comprendida por el territorio que ocupan los habitantes que constituyen el conglomerado social de lascomunidades integrantes de la comuna.Las áreas geográficas de la comuna podrán constituirse dentro de los actuales espacios territoriales denominados Parroquias, Municipios, Estados, Territorios Federales o zonas especiales de la geografía nacional. El tamaño del área geográfica de la comuna, aún cuando no estandarizado, se orienta a que oscile entre 10 Y30 Km2.
En cuanto a su base poblacional, El crecimiento y la alta densidad poblacional en las áreas urbanas, exige nuevos mecanismos de respuesta que permitan un mayor involucramiento de los ciudadanos y ciudadanas en la planificación, elaboración del presupuesto y la gobernabilidad participativa y protagónica de las comunidades. En el entendido de que a mayor concentración de la población en un mismo espacio, menor es la condición o calidad para la vida, se propone que la base poblacional de la comuna esté entre 50.000 y 120.000 habitantes.
La comuna, como concepto político, la primera condición para que un asentamiento urbano integral se conforme como una comuna, es que se organice políticamente con una forma de gobierno tal, que le permita al pueblo ejercer el poder en la forma más directa posible, sin lo cual no hay posibilidad de construcción socialista. Así, la organización para el gobierno de la ciudadanía, es la base de la comuna.
La célula básica del gobierno de la comuna es el Consejo Comunal. Sin embargo, hay que resaltar que las formas intermedias de organización desde la base hasta el gobierno de la comuna son muy variadas y que, aunque tiendan a establecer parámetros cuantitativos para su funcionamiento, los aspectos cualitativos relacionados con la composición de las distintas comunidades, serán en definitiva los que le den la estructura final a cada comuna. La secuencia ascendente de agrupación en red de los Consejos Comunales con las zonas comunales, las áreas comunales, etc., es una referencia para la constitución del gobierno de la comuna, pero en cada circunstancia, debe ser adaptada a la realidad concreta. En todo caso, el gobierno de la comuna tendrá siempre una estructura superior con una base asamblearia, que será electa desde los Consejos Comunales a través de esa secuencia ascendente. El gobierno de las comunas en el marco de las políticas del Estado se ocupará de los aspectos territoriales, políticos, económicos, sociales, culturales, ecológicos, y de seguridad y defensa de su comunidad.El Gobierno de la Comuna lo ejerce el Parlamento de los Consejos Comunales o el Parlamento Comunal. Todo lo anterior puede motivar la creación de una ley de gobierno de las comunales.
El parlamento de los Consejos Comunales estará integrado por parlamentarios y parlamentarias comunales elegidos en cada Consejo Comunal legalmente constituido que conforme la comuna, por votación universal, directa, personalizada y secreta de la Asamblea de ciudadanos y ciudadanas de una comunidad. En casos de existencia significativa de población indígena en el área geográfica de la comuna, será elegido o elegida un parlamentario o parlamentaria comunal indígena. Cada parlamentario comunal tendrá un suplente escogido en el mismo proceso.
En el entendido de que una comuna es un proyecto de vida en colectivo, el gobierno comunal, tendrá la responsabilidad de icoordinar la elaboración y puesta en practica de un plan integral de producción para la comunidad que le garantice su base material, vinculado al plan económico nacional y tomando en cuenta que el modo de producción socialista tendrá preponderancia. Una comuna debe producir la cuota de riqueza que le corresponde de acuerdo a las características y cantidad de su población, como contribución al bienestar del Pueblo venezolano.
Las comunas podrán constituirse en sistemas o asociaciones de varias comunas de acuerdo a una disposición por ejes geográficos o territoriales. De esta manera, podrán crear una especie de mancomunidades de comunas que participarían en estrategias conjuntas de producción o políticas de desarrollo.
La dinámica producto de la reforma constitucional ha sido tan intensa y agotadora, que apenas he tenido tiempo de escribir estas líneas. Nuevamente agradezco a la vida, de permitirme a mí junto a un grupo de compatriotas, de compañeros y compañeras de camino, que además del juramento que hace un poco más de una semana hicimos en la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, luego de que nos suministraron las herramientas metodológicas para explicar a nuestro pueblo la importancia vital de la aprobación de la propuesta integrada e integral del proyecto de reforma constitucional presentada por nuestro Comandante Chávez, nuevamente ser juramentado por el propio Comandante en Jefe de la Revolución Bolivariana para ser parte de los miles de Comités de Defensa de dicha Reforma Constitucional, lo que hace que el compromiso no haga sino crecer.
Pero retomando el tema del análisis de las propuestas de nuestro comandante chávez, debo señalar lo siguiente, en el marco del análisis que debemos realizar. La democracia socialista basada en el modelo de la democracia participativa y protagónica, la democracia directa que se activa en el surgimiento del poder popular que se constituye en la máxima expresión de los mecanismos de participación y protagonismo del pueblo a través de las más diversas formas de organización que implica un componente territorial, que necesariamente implicará una transformación radical y profunda de nuestro modelo productivo y del sistema económico y de la profudización de la contraloría social, el cual creemos, debe ser asumido como un nuevo sujeto de transformación que participa directamente en la formaulación, organización, control de las políticas públicas y de involucrar en el funcionamiento del Estado en su totalidad.El Poder Popular como Poder Constituyente Permanente es el que le da sentido y razón de ser al Poder Constituido y no al revés.
El Estado es el rector y planificador de las políticas públicas estableciendo las estrategias de la administración del poder garantizando su soberanía plena. El mismo ser reserva la potestad sobre el control de los bienes y servicios estratégicos para la nación. Así como también, se encarga de establecer las políticas de seguridady defensa del Estado a través de la Fuerza Armada Bolivariana, el cual es un cuerpo patriótico y popular.
El Estado en la nueva concepción que contribuya a la consolidación del Estado Social de Derecho y de Justicia, tal y como lo señala su artículo 2 de nuestra Constitución, estaría, de ser aprobada la propuesta de reforma de este artículo, de estimular y organizar el poder popular que se ejerce directamente a través de la soberanía del pueblo y estar abierto a sus demandas como poder soberano, tal y como se explica en esta propuesta de reforma de este artículo.
En conclusión, la reforma del artículo 136 viene a constituir el desarrollo de una manera mucho más clara, mucho más profunda el mandato del artículo 5 de nuestra Constitución, la cual consagra que el pueblo ejerce su soberanía de manera directa a través de los mecanismos previstos por esta misma Constitución y las leyes producto de la misma. Solamente lo que falta, es que el pueblo entienda este mensaje y se prepare y organice para ejercer el poder.
Este es uno de los artículos que si tomamos en cuenta el proyecto de reforma constitucional presentado por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Hugo Chávez, lo pudiéramos ubicar, concatenados con otros como parte de esta propuesta integral y única, dentro del engranaje o del eje Institucional y de Construcción del Nuevo Estado Venezolano.
La actual redacción de este artículo es de la siguiente manera: "El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado."
La propuesta de reforma de este artículo esta planteada en los siguientes términos: " El Poder Público se distribuye territorialmente en la siguiente forma: el poder popular, el poder municipal, el poder estatal y el poder nacional.
Con relación al contenido de las funciones que ejerce, el poder público se organiza en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
El pueblo es el depositario de la soberanía y la ejerce directamente a través del Poder Popular. Este no nace del sufragio ni de elección alguna, sino que nace de la condición de los grupos humanos organizados como base de la población.
El Poder Popular se expresa constituyendo las comunidades, las comunas y el autogobierno de las ciudades, a través de los consejos comunales, los consejos obreros, los consejos campesinos, los consejos estudiantiles y otros entes que señale la ley."
En primer lugar, debemos señalar lo siguiente: El artículo en su actual redacción señala acerca de la forma como el poder debe distribuirse, no sólo desde sus diversos niveles, sino desde las competencias que tienen cada uno. El artículo se refiere al poder municipal, entendido éste a los municipios, el Poder Estadal, referidos a los Estados, y el Poder Público Nacional que consta de los poderes clásicos: Legislativo, Judicial y Ejecutivo, añadiendo ésta Constitución dos poderes más en este ámbito: El Poder Ciudadano y el Poder Electoral.
Sin embargo, a pesar de ello, seguimos regidos bajo los esquemas del modelo clásico representativo en este artículo. El colega Juan Garay expresa que la existencia de varios poderes evita la concentración de poder excesiva en una sola persona o grupo, lo cual en mi criterio, no es así. Con el modelo de la democracia representativa que impero aquí y que algunos de los que hoy se encuentran en la oposición y que alguna vez ejercieron posiciones de gobierno, se les olvida que en la IV República las diversas ramas del poder nunca fueron independientes entre sí.
Es importante que hagamos la siguiente consideración:
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, vigente a partir del 15 de diciembre de 1999, abrió la compuerta para la transformación y la construcción de un nuevo modelo de conducir al Estado, cuyo eje ordenador es desde entonces el bienestar de los venezolanos tal como lo establece la exposición de motivos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela "Los principios de la solidaridad social y de bien común conducen a la establecimiento de ese Estado Social, sometido al imperio de la Constitución y de la Ley convirtiéndolo entonces, en un Estado de Derecho. Estado Social de Derecho que se nutre de la voluntad de los ciudadanos expresada libremente por los medios de participación política y social para conformar el Estado social y democrático, de Derecho comprometido por el progreso integral que los venezolanos aspiran con el desarrollo humano que permita una calidad de vida digna, aspectos que configuran el concepto de Estado de justicia".
La concepción de lo social establece un doble imperativo sobre el pueblo, como poder originario, y sobre los poderes constituidos, como ejecutor de su mandato. De tal manera que implica el progresivo desmontaje de obstáculos políticos, económicos, institucionales que no han permitido satisfacer el imperativo social.
Reconociendo los avances de la constitución de 1999, estos no han sido suficientes para alcanzar la aspiración de la felicidad, del bien común, en una sociedad de justicia; en consecuencia, y es por eso que se plantea la imperiosa e ineludible necesidad de ir a un proceso de Reforma Constitucional a fin de adaptarla y dotarla de elementos que consoliden el avance hacia la ruptura del modelo capitalista burgués. Para construir un nuevo orden con preeminencia del ser social colectivo, es necesario superar los obstáculos generados por las relaciones sociales capitalistas, manifestados en la imposición de los intereses de las minorías por encima de los intereses del poder originario, la concentración de la propiedad en pocas manos, la dificultad política para democratizar el poder, una institucionalidad que propicia el establecimiento de un cuerpo burocrático amparado en una superestructura ideológica que mantiene a nuestro pueblo encadenado a la miseria, alienado y alejado de su propia realidad. Estas estructuras de poder se fundamentan en la imposición de un saber que les garantiza la supremacía y dominación a través del control de las ideologías, la cultura, la educación y de los medios de comunicación.
Romper y confrontar a este poder pasa necesariamente por avanzar a través del instrumento más contundente que tenemos como es, nuestra Constitución. En función de lo anterior y motivados por el deseo de profundizar el proceso dialéctico que conlleva la democracia participativa y protagónica; interactuando, conociendo y decidiendo de manera conjunta desde el poder popular de manera vinculante hacia el poder constituido, consideramos oportuno y pertinente iniciar el proceso de reforma, sobre los elementos procedí mentales en los cuales se fundamenta este proceso de Reforma Constitucional, en síntesis, se trata de: -Desmontar la superestructura que le da soporte a la reproducción capitalista, tanto en el plano constitucional y legal, como en lo epistemológico y ético.-Dejar atrás la democracia representativa para consolidar la democracia participativa y protagónica; donde se contemple la insurgencia del poder popular como hecho histórico necesario en la construcción de la sociedad socialista del Siglo XXI. -Establecer un nuevo cuerpo normativo, filosófico y epistemológico que de cuenta de las nuevas relaciones de los seres humanos con su entorno para la preservación de la vida en el planeta.-Crear un enfoque socialista nuevo "a la venezolana", inventar, ingeniar, y construir de acuerdo a las enseñanzas de nuestros pueblos originarios, la afrovenezolaneidad y el aporte cultural de nuestros próceres. -Fomentar la pluripolaridad internacional que trascienda la polaridad de la hegemonía imperial existente, a través de nuevos esquemas de integración política que conduzcan a la construcción de nuevos Bloques de Poder. -Sentar las bases para la construcción de un nuevo modo de producción fundamentado en nuevas relaciones de producción, nuevas formas de propiedad, la democratización del capital que permita el control del poder popular en la producción y la distribución de los bienes y servicios. -Inclusión del derecho fáctico de la propiedad social de todos los venezolanos y venezolanas, como forma de distribuir la riqueza colectiva de la nación incluyendo, en el proceso productivo a todos los sectores del país, haciendo uso razonable de los recursos naturales. -Geometría del poder-Continuidad presidencialLa propuesta de reforma constitucional profundizará la democracia, la distribución de los ingresos y promoverá la equidad, la dignidad y la justicia, para construir la vía venezolana al socialismo; construir el socialismo venezolano como único camino a la redención de nuestro pueblo, a la salvación de nuestra Patria y a la construcción de un nuevo mundo donde se haga realidad el sueño de tantos y tantas venezolanas "La mayor suma de felicidad posible".
La médula de la propuesta de reforma del artículo 136 de nuestra Constitución, y por ende de todo este proyecto de manera integral en mi criterio tiene que ver con el reconocimiento en nuestra Constitución de lo que es el Poder Popular. Entendido éste cómo la más alta expresión del pueblo para la toma de decisiones en todos sus ámbitos (político, económico, social, ambiental, organizativo, internacional y otros) para el ejercicio pleno de su soberanía. Es el poder constituyente en movimiento y acción permanente en la construcción de un modelo de sociedad colectivista de equidad y de justicia.Es el poder del pueblo organizado, en las más diversas y disímiles formas de participación, al cual está sometido el poder constituido. No se trata del poder del Estado, es el Estado sometido al poder popular. Es el pueblo organizado y organizando las instancias de poder que decide las pautas del orden y metabolismo social y no el pueblo sometido a los partido políticos, a los grupos de intereses económicos o a una particularidad determinada.
Este Poder, pudiéramos distribuirlo de la siguiente manera:
a) Los consejos Comunales como máxima expresión de la democracia directa b) La red de consejos comunales (áreas comunales y zonas comunales) c) La comuna socialista; d) Los municipios socialistas.
La Comuna Socialista, Podemos entenderla como un conglomerado social de varias comunidades que poseen una memoria histórica compartida, usos, costumbres y rasgos culturales que los identifican, con intereses comunes, agrupadas entre sí con fines político-administrativos, que persiguen un modelo de sociedad colectiva de equidad y de justicia.
La naturaleza de la comuna es variada en razón de la respuesta a los múltiples patrones de ocupación del territorio de acuerdo a la cultura, la geografía, la historia, la economía, la ecología y el desarrollo y concentración demográfica del asentamiento humano.
Su área geográfica esta comprendida por el territorio que ocupan los habitantes que constituyen el conglomerado social de lascomunidades integrantes de la comuna.Las áreas geográficas de la comuna podrán constituirse dentro de los actuales espacios territoriales denominados Parroquias, Municipios, Estados, Territorios Federales o zonas especiales de la geografía nacional. El tamaño del área geográfica de la comuna, aún cuando no estandarizado, se orienta a que oscile entre 10 Y30 Km2.
En cuanto a su base poblacional, El crecimiento y la alta densidad poblacional en las áreas urbanas, exige nuevos mecanismos de respuesta que permitan un mayor involucramiento de los ciudadanos y ciudadanas en la planificación, elaboración del presupuesto y la gobernabilidad participativa y protagónica de las comunidades. En el entendido de que a mayor concentración de la población en un mismo espacio, menor es la condición o calidad para la vida, se propone que la base poblacional de la comuna esté entre 50.000 y 120.000 habitantes.
La comuna, como concepto político, la primera condición para que un asentamiento urbano integral se conforme como una comuna, es que se organice políticamente con una forma de gobierno tal, que le permita al pueblo ejercer el poder en la forma más directa posible, sin lo cual no hay posibilidad de construcción socialista. Así, la organización para el gobierno de la ciudadanía, es la base de la comuna.
La célula básica del gobierno de la comuna es el Consejo Comunal. Sin embargo, hay que resaltar que las formas intermedias de organización desde la base hasta el gobierno de la comuna son muy variadas y que, aunque tiendan a establecer parámetros cuantitativos para su funcionamiento, los aspectos cualitativos relacionados con la composición de las distintas comunidades, serán en definitiva los que le den la estructura final a cada comuna. La secuencia ascendente de agrupación en red de los Consejos Comunales con las zonas comunales, las áreas comunales, etc., es una referencia para la constitución del gobierno de la comuna, pero en cada circunstancia, debe ser adaptada a la realidad concreta. En todo caso, el gobierno de la comuna tendrá siempre una estructura superior con una base asamblearia, que será electa desde los Consejos Comunales a través de esa secuencia ascendente. El gobierno de las comunas en el marco de las políticas del Estado se ocupará de los aspectos territoriales, políticos, económicos, sociales, culturales, ecológicos, y de seguridad y defensa de su comunidad.El Gobierno de la Comuna lo ejerce el Parlamento de los Consejos Comunales o el Parlamento Comunal. Todo lo anterior puede motivar la creación de una ley de gobierno de las comunales.
El parlamento de los Consejos Comunales estará integrado por parlamentarios y parlamentarias comunales elegidos en cada Consejo Comunal legalmente constituido que conforme la comuna, por votación universal, directa, personalizada y secreta de la Asamblea de ciudadanos y ciudadanas de una comunidad. En casos de existencia significativa de población indígena en el área geográfica de la comuna, será elegido o elegida un parlamentario o parlamentaria comunal indígena. Cada parlamentario comunal tendrá un suplente escogido en el mismo proceso.
En el entendido de que una comuna es un proyecto de vida en colectivo, el gobierno comunal, tendrá la responsabilidad de icoordinar la elaboración y puesta en practica de un plan integral de producción para la comunidad que le garantice su base material, vinculado al plan económico nacional y tomando en cuenta que el modo de producción socialista tendrá preponderancia. Una comuna debe producir la cuota de riqueza que le corresponde de acuerdo a las características y cantidad de su población, como contribución al bienestar del Pueblo venezolano.
Las comunas podrán constituirse en sistemas o asociaciones de varias comunas de acuerdo a una disposición por ejes geográficos o territoriales. De esta manera, podrán crear una especie de mancomunidades de comunas que participarían en estrategias conjuntas de producción o políticas de desarrollo.
La dinámica producto de la reforma constitucional ha sido tan intensa y agotadora, que apenas he tenido tiempo de escribir estas líneas. Nuevamente agradezco a la vida, de permitirme a mí junto a un grupo de compatriotas, de compañeros y compañeras de camino, que además del juramento que hace un poco más de una semana hicimos en la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, luego de que nos suministraron las herramientas metodológicas para explicar a nuestro pueblo la importancia vital de la aprobación de la propuesta integrada e integral del proyecto de reforma constitucional presentada por nuestro Comandante Chávez, nuevamente ser juramentado por el propio Comandante en Jefe de la Revolución Bolivariana para ser parte de los miles de Comités de Defensa de dicha Reforma Constitucional, lo que hace que el compromiso no haga sino crecer.
Pero retomando el tema del análisis de las propuestas de nuestro comandante chávez, debo señalar lo siguiente, en el marco del análisis que debemos realizar. La democracia socialista basada en el modelo de la democracia participativa y protagónica, la democracia directa que se activa en el surgimiento del poder popular que se constituye en la máxima expresión de los mecanismos de participación y protagonismo del pueblo a través de las más diversas formas de organización que implica un componente territorial, que necesariamente implicará una transformación radical y profunda de nuestro modelo productivo y del sistema económico y de la profudización de la contraloría social, el cual creemos, debe ser asumido como un nuevo sujeto de transformación que participa directamente en la formaulación, organización, control de las políticas públicas y de involucrar en el funcionamiento del Estado en su totalidad.El Poder Popular como Poder Constituyente Permanente es el que le da sentido y razón de ser al Poder Constituido y no al revés.
El Estado es el rector y planificador de las políticas públicas estableciendo las estrategias de la administración del poder garantizando su soberanía plena. El mismo ser reserva la potestad sobre el control de los bienes y servicios estratégicos para la nación. Así como también, se encarga de establecer las políticas de seguridady defensa del Estado a través de la Fuerza Armada Bolivariana, el cual es un cuerpo patriótico y popular.
El Estado en la nueva concepción que contribuya a la consolidación del Estado Social de Derecho y de Justicia, tal y como lo señala su artículo 2 de nuestra Constitución, estaría, de ser aprobada la propuesta de reforma de este artículo, de estimular y organizar el poder popular que se ejerce directamente a través de la soberanía del pueblo y estar abierto a sus demandas como poder soberano, tal y como se explica en esta propuesta de reforma de este artículo.
En conclusión, la reforma del artículo 136 viene a constituir el desarrollo de una manera mucho más clara, mucho más profunda el mandato del artículo 5 de nuestra Constitución, la cual consagra que el pueblo ejerce su soberanía de manera directa a través de los mecanismos previstos por esta misma Constitución y las leyes producto de la misma. Solamente lo que falta, es que el pueblo entienda este mensaje y se prepare y organice para ejercer el poder.
Reforma de los artículos 156 y 158 de la Consittución de la República Bolivariana de Venezuela.
*JUAN MARTORANO.
En esta oportunidad, nos permitimos realizar un análisis acerca de las propuestas de reforma de los artículos 156 y 158 de nuestra Constitución.
El primero tiene que ver con las competencias y atribuciones del Poder Público Nacional, que por lo extenso del mismo, no vamos a transcribirlo aquí como hemos hecho en otras entregas. Si queremos destacar que en la propuesta de reforma, una de sus novedades, y que tiene que ver con análisis de otros tópicos, tiene que ver con la ordenación y gestión del territorio y el régimen territorial del Distrito Federal, los Estados, los Municipios, Dependencias Federales, Territorios Federales y Comunales, Provincias Federales, Ciudades Federales y Comunales, amén de la regulación del Banco Central, quien como ha expresado el Jefe del Estado, en su propuesta de reforma, no debe tener carácter autónomo, pero esto será comentado con detalle cuando corresponda. También este artículo 156, en la propuesta de reforma, se señala la gestión y administración por parte del Estado de los ramos de la economía nacinal, así como su eventual transferencia a sectores de economía de propiedad social, colectiva o mixta, así como también la promoción, organización y registro de los Consejos del Poder Popular, así como también el apoyo técnico y financiero para el desarrollo de proyectos socioeconómicos de la economía social, de aucerdo a las disponibilidades presupuestarias y fiscales con las que cuente en ese instante el Estado.
Si queremos detenernos, en el análisis del artículo 158, mucho más corto, pero con una significación de especial transcendencia para nuestro pueblo. El Presidente- Comandante le ha propuesto al pueblo soberano la modificación del artículo 158, el cual reza textualmente:
“La descentralización como política nacional, debe profundizar la democracia, acercando el poder a la población y creando las mejores condiciones, tanto para el ejercicio de la democracia como para la prestación eficaz y eficiente de los cometidos estatales”,
Por la forma siguiente:
El Estado promoverá como política nacional, la participación protagónica del pueblo, transfiriéndole poder y creando las mejores condiciones para la construcción de una Democracia Socialista.
En Venezuela, durante la IV República, la descentralización fue mal entendendida por varios funcionarios del Estado, esecialmente por gobernadores y alcaldes que hoy engrosan las filas del oposicionismo más reaccionario y oligárquico, porque se creyeron pequeños reyecitos en cada una d esus jurisdicciones, contribuyendo al proceso desintegrador de Venezuela y al proyecto para saquear las riquezas y los recursos de nuestra patria. La descentralización, como concepto, como forma, y bien entendida , es realmente positiva, porque ella busca el traspaso del poder y de toma de decisioneshacia núcleos perifericos de una organización. La descentralización en el buen sentido de la palabra, refuerza cada vez el carácter democrático y la necesidad de establecer mecanismos de participación.
Podemos decir con propiedad, que la descentralización es la precursora de nuestro modelo de democracia participativa y protagónica de nuestro pueblo. Se trata de algo más que la mera redefinición del concepto de "descentralización". La participación protagñonica del pueblo es una expresión mucho más amplia en la que los ciudadanos, el pueblo tiene una mayor participación en la toma de decisiones políticas que las que le otorga tradicionalmente la democracia representativa. Pudiéramos decir, en resumen, la descentralización es una expresión más de la democracia representativa, la participación protagónica del pueblo, expresión genuina de la democracia participativa.
Las razones fundamentales para promocionar la democracia participativa y la participación protagonica del pueblo, es que este sistema ofrece a los ciudadanos y ciudadanas una capacidad de participar en decisiones orientadas a desarrollar una sociedad, un modelo económico socialmente justo y humanista. Esto promueve un ambiente de cooperación porque se aprecian directamente las coensecuencias de tales decisiones para todos y cada uno de los miembros de la sociedad.
La democracia participativa auténtica hace enfásis en darle voz y poder de decisión a los individuos y a las comunidades, cuyas opiniones, anhelos y aspiraciones rara vez hallan eco o atención en los mecanismos tradicionales de la democracia representativa.
La participación no ha de limitarse, a que las autoridades locales o que otros organismos públicos informen a la población de sus actividades y decisiones o inviten a los ciudadanos a presenciar sus debates, sino que implica escuchar a la población en la formaulación de sus propios problemas y en la búsqueda de oportunidades y mejoras. Además, es indispensable proporcionarles los medios para encausar una acción política, social o económica y participar en las decisiones públicas con propósitos de cambio.
Algunas bondades de este modelo y por lo cual la democracia participativa debe funcionar, es por las siguientes razones:
1.- Aprovecha las experiencias y capacidades de todos: La sociedad funciona mediante una red que interrelaciona al gobierno, las diversas comunidades, los grupos de intereses, los sectores y las instituciones. Además, los ciudadanos tienen un conocimiento mucho más íntimo a nivel local, regional, o nacional incluso, de las necesidades de la población que ningún grupo de políticos desde un gobierno altamente centralizado conoce y estaría en la capacidad de resolver.
2.- Promueve la legitimidad: Las instituciones, los organismos sectoriales, las empresas y los gobiernos acabarán por apreciar que tienen mucho que ganar en confianza, apoyo y colaboración de parte de los ciudadanos y ciudadanas si los incluyen de alguna manera en la toma de decisiones. Los propios ciudadanos tienen una mayor facilidad de promover iniciativas destinadas a hacer más éficaz el medio en el que se desenvuelven.
3.- Desarrolla nuevas capacidades: La participación desarrolla la capacidad de las personas para trabajar en colaboración con las demás, de identificar prioridades y de lograr que las cosas se hagan y los proyectos se realicen. La participación protagónica del pueblo los convierte así en mejores ciudadanos.
4.- Mejora la calidad de vida: Estudios realizados por economistas, sociólogos y psicólogos han demostrado que las personas que participan en la toma de decisiones son mucho más felices que los que se limitan a aceptar o aplicar las decisiones de otros, debido a que se sienten responsables del mejoramiento de su calidad de vida. Además, la particpación le brinda al ciudadano una oportunidad de mayor eficacia en la colaboración con los demás.
Por estas, y por otras razones más, es que la propuesta mejora y le da viabilidad al modelo de la democracia participativa y protagónica del pueblo. De no realizar esa reforma, la Constitución que aprobamos en 1999 no podrá cumplirse en su espíritu, propósito y razón genuina y verdadera como lo estan pidiendo los oposicionistas, y correríamos el riesgo de que se convierta en letra muerta. Por ello, es que es necesaria y vital la reforma constitucional.
En esta oportunidad, nos permitimos realizar un análisis acerca de las propuestas de reforma de los artículos 156 y 158 de nuestra Constitución.
El primero tiene que ver con las competencias y atribuciones del Poder Público Nacional, que por lo extenso del mismo, no vamos a transcribirlo aquí como hemos hecho en otras entregas. Si queremos destacar que en la propuesta de reforma, una de sus novedades, y que tiene que ver con análisis de otros tópicos, tiene que ver con la ordenación y gestión del territorio y el régimen territorial del Distrito Federal, los Estados, los Municipios, Dependencias Federales, Territorios Federales y Comunales, Provincias Federales, Ciudades Federales y Comunales, amén de la regulación del Banco Central, quien como ha expresado el Jefe del Estado, en su propuesta de reforma, no debe tener carácter autónomo, pero esto será comentado con detalle cuando corresponda. También este artículo 156, en la propuesta de reforma, se señala la gestión y administración por parte del Estado de los ramos de la economía nacinal, así como su eventual transferencia a sectores de economía de propiedad social, colectiva o mixta, así como también la promoción, organización y registro de los Consejos del Poder Popular, así como también el apoyo técnico y financiero para el desarrollo de proyectos socioeconómicos de la economía social, de aucerdo a las disponibilidades presupuestarias y fiscales con las que cuente en ese instante el Estado.
Si queremos detenernos, en el análisis del artículo 158, mucho más corto, pero con una significación de especial transcendencia para nuestro pueblo. El Presidente- Comandante le ha propuesto al pueblo soberano la modificación del artículo 158, el cual reza textualmente:
“La descentralización como política nacional, debe profundizar la democracia, acercando el poder a la población y creando las mejores condiciones, tanto para el ejercicio de la democracia como para la prestación eficaz y eficiente de los cometidos estatales”,
Por la forma siguiente:
El Estado promoverá como política nacional, la participación protagónica del pueblo, transfiriéndole poder y creando las mejores condiciones para la construcción de una Democracia Socialista.
En Venezuela, durante la IV República, la descentralización fue mal entendendida por varios funcionarios del Estado, esecialmente por gobernadores y alcaldes que hoy engrosan las filas del oposicionismo más reaccionario y oligárquico, porque se creyeron pequeños reyecitos en cada una d esus jurisdicciones, contribuyendo al proceso desintegrador de Venezuela y al proyecto para saquear las riquezas y los recursos de nuestra patria. La descentralización, como concepto, como forma, y bien entendida , es realmente positiva, porque ella busca el traspaso del poder y de toma de decisioneshacia núcleos perifericos de una organización. La descentralización en el buen sentido de la palabra, refuerza cada vez el carácter democrático y la necesidad de establecer mecanismos de participación.
Podemos decir con propiedad, que la descentralización es la precursora de nuestro modelo de democracia participativa y protagónica de nuestro pueblo. Se trata de algo más que la mera redefinición del concepto de "descentralización". La participación protagñonica del pueblo es una expresión mucho más amplia en la que los ciudadanos, el pueblo tiene una mayor participación en la toma de decisiones políticas que las que le otorga tradicionalmente la democracia representativa. Pudiéramos decir, en resumen, la descentralización es una expresión más de la democracia representativa, la participación protagónica del pueblo, expresión genuina de la democracia participativa.
Las razones fundamentales para promocionar la democracia participativa y la participación protagonica del pueblo, es que este sistema ofrece a los ciudadanos y ciudadanas una capacidad de participar en decisiones orientadas a desarrollar una sociedad, un modelo económico socialmente justo y humanista. Esto promueve un ambiente de cooperación porque se aprecian directamente las coensecuencias de tales decisiones para todos y cada uno de los miembros de la sociedad.
La democracia participativa auténtica hace enfásis en darle voz y poder de decisión a los individuos y a las comunidades, cuyas opiniones, anhelos y aspiraciones rara vez hallan eco o atención en los mecanismos tradicionales de la democracia representativa.
La participación no ha de limitarse, a que las autoridades locales o que otros organismos públicos informen a la población de sus actividades y decisiones o inviten a los ciudadanos a presenciar sus debates, sino que implica escuchar a la población en la formaulación de sus propios problemas y en la búsqueda de oportunidades y mejoras. Además, es indispensable proporcionarles los medios para encausar una acción política, social o económica y participar en las decisiones públicas con propósitos de cambio.
Algunas bondades de este modelo y por lo cual la democracia participativa debe funcionar, es por las siguientes razones:
1.- Aprovecha las experiencias y capacidades de todos: La sociedad funciona mediante una red que interrelaciona al gobierno, las diversas comunidades, los grupos de intereses, los sectores y las instituciones. Además, los ciudadanos tienen un conocimiento mucho más íntimo a nivel local, regional, o nacional incluso, de las necesidades de la población que ningún grupo de políticos desde un gobierno altamente centralizado conoce y estaría en la capacidad de resolver.
2.- Promueve la legitimidad: Las instituciones, los organismos sectoriales, las empresas y los gobiernos acabarán por apreciar que tienen mucho que ganar en confianza, apoyo y colaboración de parte de los ciudadanos y ciudadanas si los incluyen de alguna manera en la toma de decisiones. Los propios ciudadanos tienen una mayor facilidad de promover iniciativas destinadas a hacer más éficaz el medio en el que se desenvuelven.
3.- Desarrolla nuevas capacidades: La participación desarrolla la capacidad de las personas para trabajar en colaboración con las demás, de identificar prioridades y de lograr que las cosas se hagan y los proyectos se realicen. La participación protagónica del pueblo los convierte así en mejores ciudadanos.
4.- Mejora la calidad de vida: Estudios realizados por economistas, sociólogos y psicólogos han demostrado que las personas que participan en la toma de decisiones son mucho más felices que los que se limitan a aceptar o aplicar las decisiones de otros, debido a que se sienten responsables del mejoramiento de su calidad de vida. Además, la particpación le brinda al ciudadano una oportunidad de mayor eficacia en la colaboración con los demás.
Por estas, y por otras razones más, es que la propuesta mejora y le da viabilidad al modelo de la democracia participativa y protagónica del pueblo. De no realizar esa reforma, la Constitución que aprobamos en 1999 no podrá cumplirse en su espíritu, propósito y razón genuina y verdadera como lo estan pidiendo los oposicionistas, y correríamos el riesgo de que se convierta en letra muerta. Por ello, es que es necesaria y vital la reforma constitucional.
sábado, 15 de septiembre de 2007
Problemas en el nuevo Mercado de Buhoneros de PLC
Estimada Señora, sirva la presente para saludarle con un afectobolivariano y deseandole a la vez muchos exitos en el alcance de sus planes. Acudo ante usted para exponer brevemente un problema que esta afectando grandemente a los pequeños comerciantes del Centro de PuertoLa Cruz, Estado Anzoàtegui, buscando de esta manera contar con su apoyo para que por sus medios y contactos nos encamine a la soluciòn delos mismos. Brevemente le expongo lo siguiente: Entre la Gobernaciòn del Estado Anzoàtegui y la Alcaldia del Municipio Sotillo apòrtaron recursos ( 25 Millardos ) para la construcciòn y adecuaciòn del Mercado de pequeños comerciantes el cual esta ubicado en el Centro de esta Ciudad Turistica, el mismo ya fue entregado, pero sin embargo, tal como ha ocurrido con algunos propietarios del mercado del cementerio en Caracas, aqui existe una mafia dirigida solo por dos personas que tienen en su poder la propiedad de numerosos puestos de buhoneros haciendo de esto un foco de corrupciòn y consolidando una especie de poder que toma decisiones fraudulenteas mediante el cual se han visto afectados la gran mayoria de los comerciantes que aspiramos a ocupar nuestros puestos legales en el Mercado construido. El caso es que estas dos personas que antes eran enemigas se han confabulado para posponer la entrega y definitiva habitaciòn de los puestos del mercado debido a que esta medida afectaria los intereses de estas dos personas.
Como es sabido, el transito por las principales avenidas y calles de Puerto La Cruz se ha hecho imsoportable por la presencia de ungran nùmero de vendedores informales que estàn a la espera de la entregade sus respectivos puestos. Es necesario que usted y un grupo de nosotras- comerciantes informales- nos comuniquemos o dispongamos de una reuniòn para exponerle con mas precisiòn los detalles de este gran problema y desenmascarar a las mafias que en contra de la revoluciòn y los derechos de los trabajodores informales hacen vida en el mercado de pèqueños comerciantes en el Centro de Puerto La Cruz. Para tal fin le envio mis datos y numero de celular para que en lo posible me contacte y podamos planificar un encuentro. Igualmente puede respònder por este correo.
Atentamente....
Maria....
Pueblo Furioso

PUEBLO FURIOSO.
Cuatro protestas: Los Montones, La Fe, El Viñedo y Pele El Ojo, fueron escenificadas ayer en el Municipio Simón Bolívar. Cansados de esperar por el gobierno, los vecinos salieron a las calles para pedir asfaltado, mejoras en cloacas, electricidad y atención sanitaria. El gobierno respondió enseguida con la pavimentación
Cuatro protestas: Los Montones, La Fe, El Viñedo y Pele El Ojo, fueron escenificadas ayer en el Municipio Simón Bolívar. Cansados de esperar por el gobierno, los vecinos salieron a las calles para pedir asfaltado, mejoras en cloacas, electricidad y atención sanitaria. El gobierno respondió enseguida con la pavimentación
Protesta de buhoneros en PLC

Incumplimiento en plazo de entrega generó protesta
Los trabajadores informales de Puerto La Cruz, colapsaron el centro de la ciudad con una protesta por la impuntualidad en la entrega del Mercado de Buhoneros.
Cauchos ardiendo y una multitud de buhoneros, impidieron el paso de los vehículos a través de la avenida 5 de Julio de Puerto La Cruz. La medida fue puesta en marcha para exigir la culminación de los trabajos en el Mercado de Buhoneros La Gracia de Dios y para anunciar que no están dispuestos a ingresar en éste hasta enero del año 2008.
Los manifestantes exigieron una asamblea con el ejecutivo regional, a fines de concretar una nueva fecha de ingreso a las instalaciones, prevista para el 15 de septiembre.
Los trabajadores informales de Puerto La Cruz, colapsaron el centro de la ciudad con una protesta por la impuntualidad en la entrega del Mercado de Buhoneros.
Cauchos ardiendo y una multitud de buhoneros, impidieron el paso de los vehículos a través de la avenida 5 de Julio de Puerto La Cruz. La medida fue puesta en marcha para exigir la culminación de los trabajos en el Mercado de Buhoneros La Gracia de Dios y para anunciar que no están dispuestos a ingresar en éste hasta enero del año 2008.
Los manifestantes exigieron una asamblea con el ejecutivo regional, a fines de concretar una nueva fecha de ingreso a las instalaciones, prevista para el 15 de septiembre.
Oír o ser oídos?
De: leonmoraria
Fecha: 08/09/2007 16:53:11
OIR O SER OIDOS
León Moraria
El viernes 31 de agosto hubo en Tovar un evento que es de suponer tenía como objetivo discutir la propuesta de reforma constitucional enmarcada en lo que llaman, “parlamentarismo de calle”.Como invitado especial estuvo el diputado, Carlos Escarrá, acompañado del Viceministro de Interior y Justicia. La convocatoria al acto comprendía cinco municipios: Tovar, Santa Cruz, Bailadores, Zea, Guaraque y en parte, El Vigía. Era de suponer que la asistencia sería masiva.
El acto estaba programado para las tres de la tarde .A las cinco llegaron los invitados. Habló el Alcalde. Luego habló el Viceministro. Y durante una hora y cuarenta y cinco minutos el diputado Carlos Escarra explicó los alcances de la reforma constitucional. Se refirió a los 33 artículos, uno a uno. Luego de dos horas de discursos resultaba difícil que alguien mantuviera el ánimo de hacer alguna pregunta, presentara alguna propuesta o sugerencia a la reforma constitucional. En el supuesto que éste fuera el objetivo del acto.
En ningún momento. Ni antes ni durante ni al terminar los discursos se insinuó la posibilidad del derecho de palabra para los asistentes. Entonces ¿Qué sentido tenía aquel acto?¿Qué era, “parlamentarismo de calle” o medición de posiciones politiqueras a escala estatal y municipal? ¿Por qué a pesar de la amplia convocatoria era tan escasa la asistencia? ¿A qué vinieron el diputado Escarrá y el Viceministro? ¿A oír o a ser oídos? A las siete finalizó la reunión.
Se dice que hay dos formas de hacerse oír: decir cosas interesantes o gritar. Con lo primero uno se expone al fracaso; con lo segundo no. Así que sólo hay una manera segura de hacerse oír: ¡gritar! Nuestra asistencia al acto buscaba presentar la propuesta de creación del Poder Territorial para la Defensa de los Recursos Naturales Difícilmente Renovables: el más difícil y escabroso problema que confronta la humanidad y de manera particular nuestro país. Ya habíamos intentado con la Sala Situacional (reforma@an.gov.ve), pero los correos enviados son devueltos. Es por ello que intentamos el otro recurso, “el parlamentarismo de calle”, que como lo hemos relatado, resultó infructuoso, por cuanto los políticos no vienen a oír, sino a ser oídos.
Cuando llegamos al acto, en las afueras del Gimnasio Cubierto había dos o tres vehículos. Cuando salimos, a pesar de la escasa asistencia (200) -en su mayoría gentes de aparente origen humilde- el estacionamiento y avenidas que circundan el Gimnasio estaban “sembradas de petróleo”: autos nuevos o de ultimo modelo. Al ver aquella profusión y variedad de marcas recordamos al doctor Juan Pablo Pérez Alfonso y su tesis de la imposibilidad de sembrar el petróleo: “lo que se riega con petróleo se seca.” Aforismo que se cumple en la práctica agrícola, tanto como en sentido figurado para la economía. Ahí teníamos una prueba muy elocuente. ¿Será el gasto superfluo el modo de “sembrar las divisas del petróleo”?
Tovar, septiembre 2007
Fecha: 08/09/2007 16:53:11
OIR O SER OIDOS
León Moraria
El viernes 31 de agosto hubo en Tovar un evento que es de suponer tenía como objetivo discutir la propuesta de reforma constitucional enmarcada en lo que llaman, “parlamentarismo de calle”.Como invitado especial estuvo el diputado, Carlos Escarrá, acompañado del Viceministro de Interior y Justicia. La convocatoria al acto comprendía cinco municipios: Tovar, Santa Cruz, Bailadores, Zea, Guaraque y en parte, El Vigía. Era de suponer que la asistencia sería masiva.
El acto estaba programado para las tres de la tarde .A las cinco llegaron los invitados. Habló el Alcalde. Luego habló el Viceministro. Y durante una hora y cuarenta y cinco minutos el diputado Carlos Escarra explicó los alcances de la reforma constitucional. Se refirió a los 33 artículos, uno a uno. Luego de dos horas de discursos resultaba difícil que alguien mantuviera el ánimo de hacer alguna pregunta, presentara alguna propuesta o sugerencia a la reforma constitucional. En el supuesto que éste fuera el objetivo del acto.
En ningún momento. Ni antes ni durante ni al terminar los discursos se insinuó la posibilidad del derecho de palabra para los asistentes. Entonces ¿Qué sentido tenía aquel acto?¿Qué era, “parlamentarismo de calle” o medición de posiciones politiqueras a escala estatal y municipal? ¿Por qué a pesar de la amplia convocatoria era tan escasa la asistencia? ¿A qué vinieron el diputado Escarrá y el Viceministro? ¿A oír o a ser oídos? A las siete finalizó la reunión.
Se dice que hay dos formas de hacerse oír: decir cosas interesantes o gritar. Con lo primero uno se expone al fracaso; con lo segundo no. Así que sólo hay una manera segura de hacerse oír: ¡gritar! Nuestra asistencia al acto buscaba presentar la propuesta de creación del Poder Territorial para la Defensa de los Recursos Naturales Difícilmente Renovables: el más difícil y escabroso problema que confronta la humanidad y de manera particular nuestro país. Ya habíamos intentado con la Sala Situacional (reforma@an.gov.ve), pero los correos enviados son devueltos. Es por ello que intentamos el otro recurso, “el parlamentarismo de calle”, que como lo hemos relatado, resultó infructuoso, por cuanto los políticos no vienen a oír, sino a ser oídos.
Cuando llegamos al acto, en las afueras del Gimnasio Cubierto había dos o tres vehículos. Cuando salimos, a pesar de la escasa asistencia (200) -en su mayoría gentes de aparente origen humilde- el estacionamiento y avenidas que circundan el Gimnasio estaban “sembradas de petróleo”: autos nuevos o de ultimo modelo. Al ver aquella profusión y variedad de marcas recordamos al doctor Juan Pablo Pérez Alfonso y su tesis de la imposibilidad de sembrar el petróleo: “lo que se riega con petróleo se seca.” Aforismo que se cumple en la práctica agrícola, tanto como en sentido figurado para la economía. Ahí teníamos una prueba muy elocuente. ¿Será el gasto superfluo el modo de “sembrar las divisas del petróleo”?
Tovar, septiembre 2007
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