Emelina Morillo

Emelina Morillo

sábado, 22 de septiembre de 2007

Interesante planteamiento y propuesta...




Por Miguel Prieto el 14 Sep, 2007 en Edición 70, Política


Oposición y oficialismo se distancian en relación con el artículo 225 (y 2)


“Una democracia funciona mejor cuando se eligen los vicepresidentes”, alegó el ex fiscal general de la República, Javier Elichiguerra. “Es una atribución más del Presidente de la República, según la Constitución de 1999”, aseguró Suyín Olivares. El debate acerca de la reforma constitucional y la descentralización sigue.


Con la inclusión del poder popular como mecanismo de participación ciudadana, dentro del reformado artículo 136 de la Constitución, el presidente Chávez sumó puntos. La democracia participativa que el Gobierno nacional viene pregonando tomó forma jurídica.Sin embargo, el anteproyecto de reforma constitucional se ha convertido en un ramo de rosas con pétalos suaves y perfumados, y espinas ponzoñosas. Muchos han digerido la propuesta del Presidente sin cortapisas; otros, en su mayoría identificados con los sectores de oposición, se han opuesto. Veamos las razones a favor y en contra sobre un artículo particular.El anteproyecto de reforma constitucional no es contradicho por la oposición en su totalidad, sino más bien según artículos bien particulares como el 225, mediante el cual el presidente o presidenta de la República podrá nombrar la cantidad de vicepresidentes o vicepresidentas necesarios, según el contexto geopolítico. Y el artículo 136 reformado, que incluye al poder popular como parte del poder público, queda limitado para objetivos ajenos al nombramiento de los vicepresidentes o vicepresidentas planteados en el 225. Desde el chavismo defienden esta propuesta en particular porque mediante los consejos comunales, de trabajadores, a través de las comunas y las comunidades se podría ejercer la denominada democracia participativa, sin importar si los o las vicepresidentas son designadas por el Ejecutivo.Mientras tanto, algunos personajes de la oposición advierten que las gobernaciones y alcaldías perderán poder de inversión pública a partir de la incorporación de varias vicepresidencias; tesis fustigada por el chavismo ya que ello implica sumarle participación a las organizaciones comunales.
Concentración de poderOtros sectores opuestos al presidente Chávez se enfocan más en la concentración de poder que tendrá el Gobierno nacional para tomar las decisiones correspondientes a la creación de la geometría del poder, ya que estarán limitadas, según sus argumentos, por el arbitraje del Presidente, y no por la decisión de los y las ciudadanas de cada región. “Lo del poder popular, mencionado en la Constitución, no significa nada. La capacidad que tenga el pueblo de organizarse en consejos comunales ya existía tanto en la Constitución vigente como en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal; el hecho de elevar eso en la Constitución forma parte de la retórica, y mucho más si ese poder popular no tendrá la potestad de elegir a esas autoridades de las nuevas vicepresidencias”, aseguró el constitucionalista Enrique Sánchez Falcón.Para el rector del CNE, Vicente Díaz, la designación del o de la vicepresidenta debe ser compartida con la Asamblea Nacional, como es el caso del nombramiento del fiscal general de la República, de los rectores del CNE, del defensor del pueblo y otras figuras tipificadas en la Constitución. Sin embargo, la potestad del poder Ejecutivo y Legislativo para designar a ciertas figuras importantes dentro de la estructura política de la República, dejaría intacto el modelo representativo. El punto neurálgico de este tema seguiría encabezado no sólo por la creación de las vicepresidencias, sino por la designación de las autoridades para estas nuevas figuras del poder público. “El Presidente de la República está creando instancias regionales, y además está designando a las autoridades que van a dirigir esas instancias regionales, aún cuando no está expresamente previsto, pareciera que los vicepresidentes de alguna manera van a tener autoridad sobre esas instancias regionales que el Presidente crearía, y eso es una confiscación el derecho al sufragio de los venezolanos. ¿Por qué razón los venezolanos no podemos votar para elegir a esos dirigentes?”, se preguntó Sánchez Falcón.
¿Vicepresidentes a dedo?Para el ex fiscal general de la República, Javier Elichiguerra, los vicepresidentes deben ser designados por elección, “porque una democracia funciona mejor cuando se eligen los vicepresidentes, es decir, el que va de presidente debe hacer una llave y postular a su vicepresidente”.En cuanto al poder popular, manifiesto en el artículo 136 del proyecto de reforma, como equilibrio o contraparte del artículo 225, Elichiguerra considera justo que esta figura especifique cómo será el mecanismo para la constitución del poder popular. “El artículo que crea el poder popular no establece que a través del sufragio se va a designar el poder popular, entonces creo que un poder popular, para que tenga sentido, tiene que ser a través de la elección, elegido por su pueblo. Es vital que se cambie este artículo, espero que la Asamblea Nacional tome en cuenta esta observación porque de lo contrario en dónde quedaría la democracia”. En entrevista a Versión Final, el segundo vicepresidente de la Asamblea Nacional, Roberto Hernández, explicó que “en absoluto se alteraría la descentralización. Por ejemplo, ahorita existen territorios federales”, y través de ellos las comunidades organizadas tendrán mayor poder de decisión. “Las reformas que estamos implementando tienen por objeto conferirle mayor poder al pueblo, profundizar la democracia”, aseguró. “Es una atribución más del Presidente de la República, según la Constitución de 1999, y en la nueva propuesta se mantiene la competencia que tiene el Presidente para nombrar al vicepresidente, y por ende, nombrar otros vicepresidentes”, sentenció la constitucionalista Suyín Olivares.“Además, si se va a desarrollar un proyecto, éste debe estar en sintonía con la política del presidente Chávez. La figura de los consejos comunales (a través del poder popular) va a desarrollar conjuntamente con las personas que designe el Presidente, los proyectos; y el Presidente, por supuesto, va a escuchar a los consejos comunales para evaluar el desempeño de las vicepresidencias, porque eso escapa al Presidente, y en algún momento determinado él tendrá la oportunidad de realizar los cambios pertinentes porque los cambio los generarán desde el poder popular”, explicó Olivares.

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